Verificación legal de la revisión del recargo por energías renovables: ¿Es posible modificar el precio de la tarifa de alimentación? ¿Cómo se puede cubrir el déficit financiero?

✅ En términos generales

📌Existe una brecha entre las declaraciones políticas y la realidad jurídica : el primer ministro Takaichi y el ministro de Economía, Comercio e Industria, Akazawa, hablan de "revisar el impuesto", pero la viabilidad legal es limitada. ⚖️Los cambios retroactivos a los precios de las tarifas de alimentación (FIT) ya certificados presentan un alto riesgo de ser inconstitucionales : existen cláusulas de enmienda en la Ley de Medidas Especiales de Energía Renovable, pero existe la posibilidad de infringir los derechos de propiedad y vulnerar la protección fiduciaria. 💰El dilema de reducir el impuesto y perder recursos financieros : si se reduce el impuesto manteniendo el precio de las FIT, se producirá un déficit financiero de varios billones de yenes anuales. 🎯Lo más probable es que se endurezcan las restricciones a los nuevos proyectos : se reforzará la cancelación de proyectos no operativos, se aplicarán estándares de certificación más estrictos y se priorizarán los objetivos de apoyo.

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Tabla de contenido

Introducción

En esta ocasión, tras los anuncios del Primer Ministro Takaichi y del Ministro de Economía, Comercio e Industria Akazawa sobre una revisión del recargo por energías renovables, organizaremos lo que se puede y no se puede hacer desde una perspectiva legal.

En noviembre de 2025, el primer ministro Takaichi declaró en una sesión plenaria de la Cámara de Representantes que "examinaremos la naturaleza de los recargos por energías renovables, teniendo en cuenta los futuros avances tecnológicos y la necesidad de dichos recargos" ( Solar Journal, 20 de noviembre de 2025 ).
El ministro de Economía, Comercio e Industria, Akazawa, también ha declarado que "revisará los objetivos de apoyo y examinará la inversión concentrada".

Sin embargo, parece existir una gran brecha entre la retórica política y la realidad del sistema legal.
En este artículo, abordaré los siguientes temas desde la perspectiva de un abogado especializado en asuntos legales relacionados con las energías renovables:
Examinaremos legalmente cuatro cuestiones: 1) la posibilidad de cambiar el precio unitario del gravamen, 2) la posibilidad de cambiar los precios FIT ya aprobados, 3) el problema de la escasez de recursos financieros y 4) la reducción de los gravámenes mediante la reducción de los proyectos aprobados.

Conocimientos previos: Estructura básica del sistema FIT y de las tasas.

Estructura del sistema FIT

El sistema FIT (sistema de tarifas de alimentación) se puso en marcha en julio de 2012 en virtud de la Ley de Medidas Especiales para el Fomento del Uso de Electricidad Procedente de Fuentes de Energía Renovable (en adelante, la Ley de Energía Renovable).

La característica clave del sistema es que el precio de adquisición (precio FIT) determinado en el momento de la certificación queda, en principio, fijo durante la duración del contrato (normalmente 20 años) .
Se cree que este es un sistema diseñado para garantizar la previsibilidad de los negocios para las empresas y permitirles obtener préstamos de instituciones financieras.

Mecanismo de cálculo de Levy

El recargo por fomento de la generación de energía renovable (en adelante, el "recargo por energía renovable") es un cargo que las compañías eléctricas añaden a las facturas de electricidad para cubrir los costes en que incurren al comprar electricidad procedente de energías renovables.

La fórmula de cálculo es la siguiente :

Precio unitario del gravamen = (coste de compra - coste evitable + coste administrativo) ÷ cantidad esperada de electricidad vendida

La tasa impositiva para el año fiscal 2025 se ha fijado en 3,98 yenes/kWh ( Ministerio de Economía, Comercio e Industria, 21 de marzo de 2025 ).
Esta es la cantidad más alta desde que se introdujo el sistema, y costará a un hogar promedio (que usa 400 kWh por mes) aproximadamente 19.100 yenes por año.

Lo importante es que el precio unitario del gravamen guarda una relación de dependencia con el coste total de la compra .
En otras palabras, se puede decir que la estructura es tal que, a menos que cambien los costos de compra, el precio unitario del gravamen no puede modificarse sustancialmente.

Primer punto de debate: ¿Es posible reducir directamente el precio unitario del gravamen?

Marco Legal

La Ley de Medidas Especiales de Energía Renovable estipula que el precio unitario del gravamen será "fijado por el Ministro de Economía, Comercio e Industria antes del inicio del año fiscal en cuestión, de acuerdo con el método de cálculo prescrito en la Ley de Medidas Especiales de Energía Renovable" ( Ministerio de Economía, Comercio e Industria, 21 de marzo de 2025 ).

Límites a los cambios en el precio unitario

Como se desprende de la fórmula de cálculo anterior, para reducir el precio unitario del gravamen, se requiere una de las siguientes opciones:

Reduzca los costes de compra : disminuya el precio FIT o reduzca el importe de la compra.
Aumento de los costes evitables – Aumento de los precios en el mercado mayorista de electricidad (política incontrolable)
Aumento del volumen de ventas de electricidad - Expansión del consumo de electricidad (dificultad para estimular la demanda)

A menos que el costo total de la compra permanezca sin cambios, se considera extremadamente difícil, bajo el sistema actual, reducir arbitrariamente solo el "precio unitario" del gravamen.
Políticamente, es imposible lograr el objetivo de "reducir el impuesto" sin tomar también medidas prácticas como la reducción de los costes de compra, tanto legal como matemáticamente.

Segundo punto de controversia: ¿Es posible modificar retroactivamente los precios FIT ya aprobados?

Principio: Fijación del precio en el momento de la certificación

La credibilidad del sistema FIT se basa en el principio fundamental de que, una vez certificado un proyecto, el precio de compra no se modificará .

Este principio no es meramente una consideración política, sino que se cree que está arraigado en el fundamento jurídico del principio de protección de los derechos de propiedad y la confianza, garantizado por el artículo 29 de la Constitución .
Los operadores de proyectos ya aprobados han formulado planes de negocio basados en el precio FIT vigente en el momento de la aprobación, han obtenido préstamos de instituciones financieras y están realizando inversiones de capital.

Existencia de disposiciones excepcionales para cambios: Artículo 3, párrafo 11 de la Ley de Medidas Especiales de Energía Renovable

De hecho, la Ley de Medidas Especiales de Energía Renovable contiene una disposición que permite revisar retroactivamente los precios de adquisición de proyectos ya aprobados .

El artículo 3, párrafo 11 de la Ley de Medidas Especiales de Energía Renovable estipula lo siguiente:

"Cuando se hayan producido o sea probable que se produzcan fluctuaciones significativas en los precios u otras condiciones económicas, el Ministro de Economía, Comercio e Industria podrá revisar el precio y el período de contratación si lo considera particularmente necesario."

La existencia de esta disposición se revela como un problema de riesgo en los informes de valores, etc. ( Ichigo Green Infrastructure Investment Corporation, 28 de septiembre de 2023 , página 78).

Aplicabilidad sustantiva del párrafo 11

Sin embargo, esta disposición tiene requisitos de aplicación muy exigentes .

Rigurosidad de los requisitos de solicitud :

  1. "Fluctuaciones significativas en los precios y otras condiciones económicas" - según la Agencia de Recursos Naturales y Energía del Ministerio de Economía, Comercio e Industria, esto supone "circunstancias excepcionales como inflación rápida, deflación o estanflación".
  2. "Cuando se considere particularmente necesario" - Una razón simple como "reducir la carga sobre el público" no se considera que cumpla con el requisito.

Visión práctica : El informe de valores afirma que "creemos que la posibilidad de que se implementen tales cambios en el precio y el período de adquisición es bastante limitada" ( Ichigo Green Infrastructure Investment Corporation, 28 de septiembre de 2023 , página 80).

Cambios de precios debido a solicitudes de aprobación de cambios

Aparte de lo dispuesto en la Sección 11, el precio FIT puede variar debido a las acciones del propio operador.
Si necesita solicitar una certificación de cambio como se describe a continuación, se aplicará el precio FIT (generalmente más bajo) vigente en ese momento (¡ Fácil de entender! Energía renovable ).

  • Si la producción total de las células solares aumenta en 3 kW o más, o en un 3 % o más
  • Si la producción total disminuye en un 20% o más
  • Si fuera necesario volver a suscribir el acuerdo de conexión

No se trata de "cambios unilaterales del sistema", sino de "nuevas certificaciones elegidas por las propias empresas".

Riesgos legales: si se invoca el artículo 11

Si el gobierno invocara el Artículo 11 y tomara medidas para reducir retroactivamente los precios FIT para proyectos ya aprobados, probablemente surgirían los siguientes riesgos legales.

1. Riesgo de infracción de derechos de propiedad (violación del artículo 29 de la Constitución) El precio FIT en el momento de la certificación es un estatus legal que tiene valor patrimonial para el operador.
La reducción de precios en circunstancias que no cumplan el requisito de "fluctuaciones significativas en los precios y otras condiciones económicas" podría considerarse una infracción de los derechos de propiedad sin justa compensación.

② Riesgo de violar el principio de protección de la confianza
Como principio general del derecho administrativo, cuando una administración realiza un cambio perjudicial a un estatus legal que ha otorgado previamente, debe sopesar las necesidades significativas de interés público frente a la confianza depositada en el operador comercial.
En una situación en la que aún no se han materializado "circunstancias excepcionales como una inflación rápida", se cree que no hay justificación para revocar la confianza de las empresas que ya han realizado enormes inversiones.

③ Carga de la prueba de que se aplica el requisito El requisito de "fluctuaciones significativas en los precios y otras condiciones económicas" es extremadamente abstracto, y si su aplicabilidad se disputa en un litigio, es probable que la carga de la prueba recaiga sobre el gobierno.

Conclusión : Si bien existe una base legal en el artículo 3, párrafo 11 de la Ley de Medidas Especiales de Energía Renovable, los requisitos para su implementación son extremadamente estrictos y existe un alto riesgo de provocar demandas por inconstitucionalidad si se implementa .
Debemos decir que la viabilidad de esto es extremadamente baja .

Tercer punto: El dilema de la reducción de impuestos y el déficit financiero

La estructura del dilema

Aquí es donde surge el problema fundamental.

  • El precio FIT no cambiará → Los costes de compra no cambiarán → Los impuestos no se reducirán
  • Reducir el impuesto → Se produce una diferencia con el precio de compra → Es necesario cubrir la diferencia en algún sitio.

El coste de adquisición para el ejercicio fiscal 2025 se estima en aproximadamente 4,854 billones de yenes ( Ministerio de Economía, Comercio e Industria, 21 de marzo de 2025 ). Si la tasa impositiva se redujera en 1 yen/kWh, esto generaría un déficit financiero de aproximadamente 770 mil millones de yenes anuales.

Opciones de financiación

Opción 1: Compensación con cargo a la cuenta general
Esta es la opción más directa, pero también es el escenario que menos le gusta al Ministerio de Hacienda.
Una de las principales ventajas del recargo por energías renovables es que puede recaudarse fuera de la cuenta general (fuera del balance) .
Incorporar esto a la cuenta general tendría un impacto directo en el saldo pendiente de los bonos del gobierno y en las cifras del déficit fiscal, por lo que se cree que los obstáculos políticos son extremadamente altos .

Opción 2: Creación de un nuevo fondo
Según se informa, el gobierno ha comenzado a explorar nuevos esquemas de financiación, como un "Fondo de Energía y Clima" ( Solar Journal, 20 de noviembre de 2025 ).
Sin embargo, es probable que se critique que esto es simplemente una "carga nacional con otro nombre" y que no resulta en ninguna reducción real de la carga.

Opción 3: Trasladar la carga a las compañías eléctricas
Teóricamente, también es posible pedir a las compañías eléctricas (y en última instancia a los consumidores) que asuman la carga añadiéndola a los costes de transmisión y distribución.
Sin embargo, esto en última instancia se trasladará a los consumidores en forma de tarifas eléctricas más elevadas, y por lo tanto se considera incompatible con el atractivo político de "reducir los gravámenes".

Conclusión : La reducción de impuestos y la obtención de recursos financieros se consideran en una relación de compensación difícil de conciliar legal y financieramente .
Todas estas opciones se enfrentan a grandes obstáculos políticos y se consideran poco viables.

Cuarto punto: Reducción de tasas mediante la "reducción" de casos certificados

Cambia tu mentalidad: Reduce el número de casos

Si resulta difícil desde el punto de vista legal y político modificar el precio FIT ya certificado, una posible solución sería frenar futuros aumentos en los costes de compra reduciendo el número de proyectos certificados .

La ventaja legal de este método es que no aborda directamente los casos certificados que se han convertido en derechos adquiridos, sino que se centra en casos nuevos y en casos que aún no están en vigor , lo que facilita evitar el riesgo de inconstitucionalidad que conlleva la invocación del Artículo 11.

Medios legales

① Estricto cumplimiento del plazo para el inicio de las operaciones
Según el sistema de vencimiento de certificaciones que entrará en vigor en abril de 2022, los proyectos que no comiencen a operar dentro de un período de tiempo determinado después de la certificación FIT (tres años en principio para la energía solar) perderán su certificación ( ¡comprensible! Energía Renovable ).

Debido a la estricta aplicación de este sistema, se ha informado que aproximadamente 4,2 GW de proyectos no operativos expirarán en el año fiscal 2024 ( PVeyeWEB ).
En el futuro, es probable que se produzcan más vencimientos debido al acortamiento de los períodos de gracia y a disposiciones de excepción más estrictas.

Cuestiones legales
Si la demora en el inicio de las operaciones se debe a razones ajenas al control del operador, como retrasos en la conexión a la red o retrasos en la obtención de licencias y permisos, se puede impugnar la legalidad de la orden de revocación.

② Endurecimiento de las nuevas normas de certificación
La política declarada por el Ministro de Economía, Comercio e Industria, Akazawa, de "dar prioridad al apoyo a la introducción de tecnologías que apuntan a la coexistencia regional", se interpreta en el sentido de que se endurecerán los requisitos de coexistencia regional para la nueva certificación .

En concreto, se podrán reforzar los siguientes requisitos:

  • Obligación de documentar los acuerdos con los residentes locales
  • Ampliar el alcance de las evaluaciones ambientales
  • Fortalecimiento de las inspecciones de conformidad con las ordenanzas paisajísticas y la Ley de Parques Naturales

Cuestiones legales
Si los requisitos son demasiado estrictos, podrían obstaculizar efectivamente a los nuevos participantes y contradecir el propósito original del sistema FIT, que es promover la introducción de energía renovable.

③ Centrándose en los objetivos de apoyo
El ministro de Economía, Comercio e Industria, Akazawa, declaró: "Consideraremos cómo brindar apoyo, teniendo en cuenta el progreso de las reducciones de costos en la generación de energía solar convencional, y nos centraremos en apoyar la introducción de células solares de próxima generación, como las de perovskita, y las instalaciones en azoteas que buscan la coexistencia regional" ( Solar Journal, 20 de noviembre de 2025 ).

Se cree que esto representa un cambio de política que restringirá la aplicación de las nuevas tarifas de incentivo a la energía solar convencional, que ya está alcanzando la independencia económica, y que redirigirá el apoyo a las tecnologías de próxima generación .

Perspectiva legal : Esta orientación es coherente con el propósito original del sistema FIT, que es "promover la independencia económica de las energías renovables", y se considera que tiene un alto nivel de legitimidad legal.

movimiento real

La reforma del sistema FIT de 2025 hará que la generación de energía solar en azoteas de 10 kW o más reciba precios de compra preferenciales, mientras que la generación de energía solar en tierra recibirá esencialmente un trato desfavorable ( Ministerio de Economía, Comercio e Industria, 21 de marzo de 2025 ).

Esto se considera una implementación concreta de la política de "priorizar a los beneficiarios de la ayuda".

Conclusión : Reducir las tasas mediante la reducción de los casos certificados se considera el método más viable desde el punto de vista legal .
Sin embargo, su aplicación a proyectos ya aprobados tiene limitaciones, y los efectos tardarán entre medio y largo plazo en hacerse evidentes.

Matriz de viabilidad legal

El análisis realizado hasta el momento se puede resumir de la siguiente manera:

Medidas La posibilidad de la ley Obstáculos políticos Factibilidad Momento en que aparece el efecto
Reducción directa del precio unitario del gravamen × Difícil (restricciones estructurales de la fórmula de cálculo) Extremadamente bajo
Cambios de precios según la Sección 11 △ Fundamento jurídico, pero requisitos estrictos Extremadamente alto Extremadamente bajo inmediato
Compensación con cargo a la cuenta general ○ Posible Extremadamente alto Bajo inmediato
Nueva certificación más estricta ○ Posible medio alto a medio y largo plazo
Reforzar la cancelación de proyectos inactivos ○ Posible Bajo Extremadamente alto A corto y medio plazo
Priorización de los objetivos de apoyo ○ Posible medio alto a medio y largo plazo

La perspectiva de un abogado: Perspectivas futuras

La brecha entre la retórica política y la realidad jurídica

Si bien los recientes comentarios del Primer Ministro Takaichi y del Ministro de Economía, Comercio e Industria Akazawa sobre la "revisión del impuesto" pueden entenderse como un llamamiento político, se consideran extremadamente limitados en términos de viabilidad legal .

La frase "reducir los impuestos" es popular entre el público, pero para lograrlo, se requiere una de las siguientes opciones.

  • Invocando el artículo 11 (cuestiones de aplicabilidad de los requisitos y riesgo de inconstitucionalidad)
  • Enormes subvenciones con cargo a la cuenta general (dificultad para mantener la disciplina fiscal)
  • Reducción significativa de nuevos proyectos (los efectos tardan en aparecer).

Puntos a los que las empresas deberían prestar atención

Como operadores de empresas de energías renovables, creemos que se deben tener en cuenta los siguientes puntos de cara al futuro.

1) Gestión de riesgos para la solicitud de aprobación de cambios
Los cambios que impliquen modificaciones en la producción o la renovación del contrato de conexión requieren una solicitud de aprobación, y existe el riesgo de que se aplique una nueva tarifa FIT (inferior) . Los planes de modificación de las instalaciones requieren una consideración minuciosa.

② Cumplimiento del plazo para el inicio de operaciones
Para los proyectos que aún no están operativos, es fundamental una gestión estricta del plazo para el inicio de operaciones . Se recomienda identificar con antelación los riesgos de retrasos en la conexión a la red y las aprobaciones, y considerar, de ser necesario, la consulta con el Ministerio de Economía, Comercio e Industria o la solicitud de una prórroga.

3) Cumplir con los requisitos de coexistencia con la comunidad local
Para los nuevos proyectos, se espera que cumplir con los requisitos de coexistencia con la comunidad local, como documentar el proceso de construcción de consenso con los residentes locales y mejorar los planes de consideración ambiental, adquiera cada vez mayor importancia en el futuro.

4. Centrarse en las tecnologías de próxima generación
Debemos seguir recopilando información sobre oportunidades de inversión en tecnologías de próxima generación, como las células solares de perovskita y la energía eólica marina , que están recibiendo apoyo político prioritario.

⑤ Seguimiento del riesgo de activación del artículo 11
Teóricamente, la posibilidad de revisiones de precios debido al artículo 11 no es nula. Sin embargo, es cuestionable si la situación económica actual constituye una «situación excepcional como una inflación rápida», y en la práctica se considera «bastante limitada».

Escenarios futuros previstos

Desde mi perspectiva como persona involucrada en asuntos legales relacionados con las energías renovables, predigo el siguiente escenario futuro:

A corto plazo (1-2 años)

  • La realidad de la "revisión" es que se centra principalmente en endurecer las restricciones a los nuevos proyectos.
  • Acelerar el vencimiento de la certificación para proyectos no operativos
  • Los requisitos más estrictos para la convivencia comunitaria han elevado los obstáculos para la nueva certificación.
  • La posibilidad de que se invoque el artículo 11 es extremadamente baja.

Plazo medio (3-5 años)

  • El apoyo al cambio de la energía solar convencional a las tecnologías de próxima generación está cobrando impulso.
  • Reforzar el apoyo a las energías renovables a gran escala, como la energía eólica marina (sin embargo, la carga impositiva aumentará temporalmente).
  • Debido al impulso de la transición al sistema FIP, el número de nuevos proyectos FIT aceptados se reducirá gradualmente.

Largo plazo (5-10 años)

  • El coste total de compra disminuirá gradualmente debido al aumento de los proyectos posteriores al FIT.
  • A medida que la energía renovable adquiera mayor independencia económica, el propio sistema de recargos se irá reduciendo gradualmente.
  • Transición a nuevos esquemas de financiación, como la fijación de precios del carbono (impuesto al carbono/comercio de emisiones).

Creemos que los casos ya aprobados generalmente estarán protegidos. Los requisitos para invocar el Artículo 11 son sumamente estrictos, y revisar los precios a riesgo de infringir la Constitución no ofrece ningún beneficio político. Además, resulta inviable desde la perspectiva de la estabilidad jurídica.

Sin embargo, se requiere la debida precaución con respecto al riesgo de cambios de precios debidos a causas imputables al operador, como la solicitud de aprobación de cambios o el incumplimiento del plazo para el inicio de las operaciones .

resumen

En este artículo, hemos examinado cuatro cuestiones desde una perspectiva legal a raíz de las declaraciones del Primer Ministro Takaichi y del Ministro de Economía, Comercio e Industria Akazawa sobre la revisión del recargo por energías renovables.

Las principales conclusiones son las siguientes:

  1. La reducción directa del precio unitario del gravamen resulta difícil debido a la estructura de la fórmula de cálculo.
  2. Existen disposiciones para revisar los precios FIT ya aprobados (Artículo 3, párrafo 11 de la Ley de Medidas Especiales de Energía Renovable), pero los requisitos para iniciarlas son extremadamente estrictos y su aplicación conlleva el riesgo de ser inconstitucional.
  3. El dilema de reducir los impuestos y asegurar los recursos financieros es difícil de lograr simultáneamente.
  4. Lo más probable es que se produzca una aplicación más estricta de los proyectos nuevos y existentes y un refuerzo de la cancelación de proyectos no operativos.

Se prevé que continúen las peticiones políticas para que se revise el impuesto, pero en términos legales, el escenario más realista es aquel en el que los casos ya aprobados estarán básicamente protegidos, mientras que los casos nuevos y existentes estarán sujetos a mayores restricciones .

Como operador de empresas de energías renovables, creemos que es importante construir un sistema que pueda responder rápidamente a los cambios en el sistema, como la gestión de riesgos para las solicitudes de aprobación de cambios, el cumplimiento de los plazos de inicio de operaciones y la respuesta a los requisitos de coexistencia regional.

Continuaremos monitoreando las tendencias del sistema y brindando asesoría legal según sea necesario.

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